Durante los trámites de divorcio ¿qué puedo hacer?
¿Puedo cambiar la cerradura de mi vivienda o cortar los suministros de luz/agua durante los trámites de divorcio?
Seguro que a más de uno/a se le ha pasado por la cabeza, la idea de, una vez iniciados los trámites del divorcio, cambiar la cerradura de la que era su vivienda familiar, para evitar que el otro cónyuge entre en ella, o incluso cortar la luz o el agua de la misma, para forzar la salida del cónyuge que se ha quedado usándola.
La verdad es que estos problemas se suelen plantear muy a menudo durante la tramitación del divorcio, y de hecho, son muchos los clientes que nos preguntan por ello, pero hay que aplacar los ánimos y tener presente que cambiar la cerradura o cortar la luz del domicilio se considera un delito de coacciones, si la finalidad es restringir o doblegar la voluntad de otra persona.
El delito de coacciones se recoge en el artículo 172 del Código Penal, y se puede realizar mediante fuerza en las cosas, como puede ser el caso del que hablamos, cambiar la cerradura o cortar la luz del domicilio sin estar autorizado/a, y con la intención de impedir a la otra parte (la ex pareja) hacer lo que la ley no le prohíbe u obligarle a hacer lo que no quiere.
Los requisitos para considerar esta actuación como delito, son que la persona que la causa busque como finalidad “restringir” la libertad o “doblegar” la voluntad de otra persona.
Aquí es donde entra en juego la picaresca que tanto nos caracteriza, ya que no se considera delito cambiar la cerradura o cortar la luz/agua del domicilio cuando la finalidad es otra, como por ejemplo, haber sufrido un robo, o una repentina avería en la cerradura, lo que ha obligado a sustituirla. Puestos a buscar excusas, que cada uno deje volar su imaginación.
Para no tener problemas a la hora de tramitar tu divorcio, debes poner tu caso en manos de abogados especializados en derecho de familia como Morón y Montero Abogados, que te ofrezcan una garantía, ya que de su trabajo y profesionalidad depende tu futuro (uso de la vivienda familiar, régimen de visitas de los hijos menores de edad, pensión de alimentos, custodia compartida, etc)
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