Medidas económicas para los autónomos frente a la crisis del coronavirus
El Gobierno ha aprobado un paquete de medidas económicas para autónomos, estés obligado a cerrar tu negocio o no, y para ayudarte a beneficiarte de ellas, desde Morón y Montero Abogados te ofrecemos la siguiente información.
Requisitos para obtener las ayudas
Los requisitos básicos para optar a las ayudas son:
– Estar dado de alta como autónomo
– Actividad suspendida o clausurada.
– Bajada de ingresos en un 75%.
Estas ayudas se concretan en un mínimo de 661 euros o un 70% de tu base de cotización, y se incluye a los autónomos societarios, y sin necesidad de llevar un periodo mínimo dado de alta.
Si el decreto de estado de alarma te obligó a cerrar, desde el día 14 de marzo no tienes que pagar la cuota de autónomo y puedes pedir la prestación por cese de actividad, sin que esta cantidad se descuente de lo que ya tengas acumulado.
Muchos negocios no están obligados a suspender su actividad o clausurarlas pero han visto mermados sus ingresos.
Por este motivo, para quienes han decidido cerrar o su facturación se ha reducido en un 75% respecto de la media de lo facturado en los 6 meses anteriores al 14 de marzo, tienen derecho exactamente a las mismas ayudas, es decir, no pagan cuota de autónomo y además cobrarán la prestación por cese de actividad.
Esto lo puedes justificar con una declaración jurada de previsión de bajada de ingresos o con la aportación del libro de ingresos y gastos del primer trimestre de 2020.
Si tienes trabajadores a tu cargo, te puedes acoger a un ERTE y no tendrás que pagar las cotizaciones a la seguridad social de los trabajadores afectados. Pero es importante que tengas presente que no podrás despedir a los trabajadores afectados hasta un mínimo de seis meses después de su incorporación.
Y si a pesar de todo esto, consideras que tu situación económica es inviable, recuerda que si cumples los requisitos, puedes acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad y cancelar tus deudas, pudiendo continuar con tu negocio. Más información en este post Ley de Segunda Oportunidad , en cualquiera de nuestros despachos de abogados, de Puente Genil (Córdoba) o Herrera (Sevilla), o bien a través del mail info@moronymonteroabogados.com. Recuerda que somos abogados especializados.